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Cada año, millones de contribuyentes españoles se enfrentan a la declaración de la renta con dudas y temores. La buena noticia es que con la preparación correcta y conociendo las deducciones disponibles, puedes reducir significativamente lo que pagas o incluso obtener una devolución mayor. Esta guía te lo explica todo.
Novedades en la declaración de la renta 2025
- Ampliación de la reducción por rendimientos del trabajo: La deducción se amplía para contribuyentes con rendimientos netos del trabajo de hasta 21.000 € anuales.
- Nuevas deducciones por rehabilitación energética: Se mantiene hasta el 60% por obras que mejoren la eficiencia energética de la vivienda habitual.
- Gravamen especial sobre grandes fortunas: Afecta a patrimonios superiores a 3 millones de euros.
- Tipo reducido en plusvalías por reinversión en vivienda: Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes en otra, la ganancia queda exenta bajo ciertos requisitos.
Fechas importantes 2025: Campaña de renta: 2 de abril al 30 de junio. Solicitud de cita previa: desde el 29 de abril. Presentación con cargo en cuenta hasta el 25 de junio.
Cuándo y cómo presentarla
La declaración se presenta de tres formas:
- Online (Renta Web): La opción más rápida. Accedes con DNI electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. La propia AEAT importa tus datos fiscales automáticamente.
- App de la AEAT: Disponible para móvil. Permite presentar sin ordenador, aunque con funcionalidades más limitadas.
- Cita presencial: En las oficinas de la AEAT o en las de las comunidades autónomas. Solo si los medios digitales no son accesibles para ti.
Deducciones clave que no debes perder
- Deducción por inversión en vivienda habitual: Solo para hipotecas firmadas antes del 01/01/2013. Hasta 9.040 € deducibles al 15%. Si tienes una hipoteca antigua, ¡no la pierdas!
- Aportaciones a planes de pensiones: Hasta 1.500 € reducibles de la base imponible general (2.500 € adicionales si son aportaciones al cónyuge).
- Donativos a ONGs: El primer tramo (hasta 150 €) tiene deducción del 80%. El resto, del 35%.
- Deducción por maternidad: Hasta 1.200 € anuales por hijos menores de 3 años.
- Gastos de autónomos: Si trabajas por cuenta propia, suma todos los gastos deducibles: cuota de autónomos, suministros del despacho, vehículo (con matiz), material de trabajo.
- Deducciones autonómicas: Cada comunidad autónoma tiene las suyas propias. Revisa las de tu CCAA, que pueden incluir deducciones por alquiler, nacimiento de hijos o estudios.
Tramos del IRPF en 2025
| Base liquidable | Tipo estatal | Tipo autonómico (Madrid) | Total aprox. |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,50% | 8,50% | 18,00% |
| 12.450 € – 20.200 € | 12,00% | 10,70% | 22,70% |
| 20.200 € – 35.200 € | 15,00% | 13,30% | 28,30% |
| 35.200 € – 60.000 € | 18,50% | 17,00% | 35,50% |
| 60.000 € – 300.000 € | 22,50% | 20,50% | 43,00% |
| Más de 300.000 € | 24,50% | 24,00% | 47,00% |
Importante: Los tramos son marginales. Si ganas 40.000 €, solo pagas el 35,5% sobre los últimos euros (entre 35.200 y 40.000 €), no sobre toda tu renta. Los primeros 12.450 € solo tributan al 18%.
Preguntas frecuentes
Debes presentar declaración si tienes rendimientos del trabajo de más de 22.000 € anuales (con un solo pagador) o más de 15.000 € si tienes dos o más pagadores y el segundo paga más de 1.500 €. También si tienes ganancias patrimoniales o rendimientos del capital superiores a 1.600 € anuales.
Depende de los ingresos de cada cónyuge. La declaración conjunta con reducción de 3.400 € puede compensar si uno de los cónyuges tiene ingresos bajos o nulos. Si los dos tienen ingresos similares, la individual suele ser más ventajosa. El simulador de la AEAT te calcula ambas opciones.
Puedes fraccionar el pago: el 60% al presentar la declaración (antes del 30 de junio) y el 40% restante el 6 de noviembre, sin intereses. También puedes solicitar aplazamiento o fraccionamiento al margen de estos porcentajes si acreditas dificultades económicas.